Introducir transacciones de activo

Las adquisiciones y revaluaciones de activos y otras transacciones relativas a activos se introducen en SunSystems mediante Entrada de libro mayor (LEN) o Importación de libro mayor (LIM). Las transacciones de activos fijos que se introducen se contabilizan tanto al código de plan contable de balance del activo en Finanzas, como al código de activo apropiado en Registro de activos fijos.

Las transacciones de activo deben introducirse con el código, subcódigo e indicador de activo en el diario.

  • El código de activo identifica al activo en Registro de activos fijos.
  • El subcódigo de activo es opcional e identifica un predefinido de contabilización de activo que contiene un grupo de códigos de análisis de transacción por defecto.
  • El indicador de activo es importante porque identifica cómo se va a actualizar el valor del activo mediante el importe de transacción.

Consulte Actualizar los valores de activo

Antes de introducir una transacción de libro mayor para registrar una adquisición de activo, es posible que deba:

  • Definir el activo nuevo en el registro de activos fijos en Registros de activos (FAS)
  • Definir un presupuesto de activo correspondiente con Detalles de presupuesto de activo (FAB)
  • Definir una cuenta de hoja de balance nueva para el activo en el libro mayor de Finanzas con Plan contable (COA).

Opcionalmente puede introducir una cantidad de activo en el campo Importe memo. Para registrar cantidades de activo en Entrada de libro mayor (LEN) debe definir primero la siguiente configuración:

  • La opción Usar cantidad de activo de la ficha General de Entrada de libro mayor (LES) debe estar seleccionada.
  • El valor Norma de contabilización de valor no monetario de la ficha Valor memo en Definir base de datos no puede ser Sin definir.
  • El valor del campo Anular norma de contabilización de memo en Definir tipos de diarios (Anulaciones de contabilización) (JDX) no debe ser Sin definir.

Puede encontrar más información en Introducir detalles de diario y Detalles de activo de la función Entrada de libro mayor.

Efecto del bloqueo de la amortización

Puede bloquear la amortización acumulada hasta la fecha. Si lo hace, el cálculo de la amortización constante de cada activo se calculará como el valor neto del activo dividido por el número de períodos de amortización que restan para el activo.

Ejemplo

En un año contable de 12 períodos, un activo adquirido en 07/2007 con un valor bruto de 2600 euros se amortiza hasta 11/2011 mediante una amortización constante del 20%, es decir, 43,34 euros. Seleccione la casilla de verificación Bloquear amortización calculada en Definir libro mayor (LES) y modifique el porcentaje de activo al 12,5%.

Ejecute Cálculo de amortización (FDC) históricamente para el período 06/2012. El cargo de amortización calculado es ahora de 7,05 euros. Este nuevo cargo de amortización se calcula de la siguiente forma:

100 / 12,5% x 12 = 96

Puesto que ya se ha efectuado la amortización en 52 de los 96 períodos, en los 43 períodos restantes se aplica el nuevo porcentaje de amortización.

Ejemplo

Valor neto del activo / períodos de amortización restantes = nuevo cargo de amortización.

El efecto del bloqueo de la amortización combinado con ajustes en el valor bruto

Cuando se trabaja con Bloqueo de la amortización activado en Definir libro mayor (LES), en primer lugar debe ejecutar el cálculo de la amortización (FDC) para todos los períodos anteriores antes de contabilizar manualmente cualquier ajuste en el valor bruto de un activo en el período actual. Sin embargo, cuando se aumenta (o disminuye) el valor de un activo con un marcador V en Entrada de libro mayor (LEN) e Importación de libro mayor (LIM), se muestra un mensaje de advertencia si la amortización no está actualizada. De este modo, la amortización revisada solo surte efecto a partir del período contable del valor revisado.

Contabilización manual de importe de amortización

En circunstancias normales no se recomienda contabilizar manualmente los importes de amortización para un activo utilizando Entrada de libro mayor (LEN). La razón es que la contabilización de una transacción de amortización para un activo en un período concreto excluye al activo de Cálculo de amortización (FDC) para ese período. Si el importe que se contabiliza no coincide con la tasa de amortización del activo, el valor bruto y número de períodos amortizados, según las circunstancias específicas, el cálculo de la amortización del período siguiente incluye un ajuste para compensar el cambio. Puede eliminar este importe de compensación en todos los activos si selecciona la casilla Bloquear amortización calculada en Definir libro mayor (LES).

En determinadas circunstancias puede ser apropiado contabilizar manualmente un importe de amortización para un activo:

  • Si la contabilización de un importe de amortización corrige la amortización acumulada para que coincida con la tasa de amortización, valor bruto y número de períodos amortizados. Por ejemplo, contabilizar la amortización acumulada de un activo que se migra a SunSystems.
  • Si se contabiliza la amortización de un activo excluido del cálculo de amortización; por ejemplo, si el método de amortización se ha definido sin amortización en las fichas Valor de Registro de activos (FAS).
  • Si se contabiliza una corrección o ajuste manual en la amortización acumulada de un activo, por ejemplo, en la revaluación de un activo. En este caso, suele ser necesario también ajustar en Registros de activos fijos (FAS) el valor bruto (utilizando un diario adicional), el porcentaje o el período de inicio de la amortización, de forma que la amortización contabilizada manualmente no se invierta en el cálculo de amortización del siguiente período.

Además de la amortización estándar, si está utilizando una amortización ampliada puede contabilizar ajustes manuales en amortizaciones reducidas y adelantadas. Debe utilizar tipos de diario específicos para cada una, los cuales deben crearse primero en Tipo de diario (JNT) con la opción Tipo de amortización de activo configurada en Estándar, Adelantada o Reducida, según sea apropiado.