Direcciones, códigos GEO y jurisdicciones fiscales

Las autoridades fiscales tienen jurisdicción sobre el impuesto sobre ventas en una zona específica. La zona geográfica de la dirección determina la jurisdicción fiscal y, como consecuencia, los aspectos siguientes:

  • El importe del impuesto que debe pagarse
  • Las autoridades fiscales a las que debe pagarse el impuesto

Jurisdicciones fiscales

El software para impuestos distingue diferentes jurisdicciones fiscales para los EE.UU. y Canadá.

Autoridades para el impuesto sobre ventas en EE.UU.

  • Estado: la autoridad fiscal con jurisdicción sobre el impuesto sobre ventas en el estado
  • Condado: la autoridad fiscal con jurisdicción sobre el impuesto sobre ventas en el condado
  • Local: la autoridad fiscal principal con jurisdicción sobre el impuesto sobre ventas en la localidad (por ejemplo, en la población)
  • Condado secundario: la autoridad fiscal secundaria con jurisdicción sobre el impuesto sobre ventas en el condado
  • Local secundario: la autoridad fiscal secundaria con jurisdicción sobre el impuesto sobre ventas en la localidad

Autoridades para el impuesto sobre ventas en Canadá

  • GST (impuesto sobre bienes y servicios)
  • PST (impuesto sobre ventas provincial) o QST (impuesto sobre ventas en Quebec)

Jurisdicciones fiscales y códigos GEO

El software para impuestos identifica las jurisdicciones fiscales mediante códigos GEO. Los códigos GEO se asignan a las direcciones en función de los siguientes datos de dirección:

  • Población
  • Estado/provincia
  • Código postal

El software para impuestos también requiere la indicación de Límites internos de la población de la dirección. El software para impuestos requiere que estos datos se almacenen en los correspondientes campos de la sesión Direcciones (tccom4130s000).

Formato de código GEO de Vertex

El software para impuestos utiliza un código GEO de 10 dígitos. El código GEO se compone de las siguientes partes:

  • Código de Estado/provincia (dos dígitos)
  • código de Condado (tres dígitos)
  • Código de Población (cuatro dígitos)
  • Indicador de Límites internos de la población (un dígito)