Procesar externamente
Tras desplegar una orden de trabajo y asignarle un estado En producción, puede enviarla fuera para completar parte de la producción o la producción al completo de la mercancía terminada. Asigne un código de retención a la orden de trabajo que permanezca hasta que se haya completado la producción externa. Cuando regrese el trabajo, puede eliminar el código de retención, continuar procesando la orden de trabajo y registrar los costes externos como cargas.
Cuando el proveedor complete la producción externa, podrá eliminar el código de retención de la orden de trabajo. Los códigos de retención están definidos en la solución Cuentas por cobrar. Consulte la Guía del usuario de Cuentas por cobrar.