Parámetro de entidad

Antes de especificar parámetros de entidad, debe configurar la entidad en Business Modeling. Las propiedades de entidad, como el id., la descripción o los idiomas, se mantienen en el objeto de negocios Entidad.

Debe especificar estos parámetros de entidad para garantizar la conversión de divisa automática en divisas de grupo:

  • Divisa de la entidad (divisa local)
  • Método de conversión de divisas
  • Factor de escala: Esta función permite especificar datos de entidades que utilizan una divisa hiperinflacionaria. Una divisa local ajustada multiplicada por un factor de escala da como resultado una divisa local. Por ejemplo, un factor de escala de 1.000 multiplicado por una divisa local ajustada de 3 da como resultado una divisa local de 3.000. Se utiliza un valor de divisa local para la conversión a la divisa del grupo. Sin embargo, en la mayoría de los informes y en la mayoría de las páginas de entrada de datos, los valores se almacenan y muestran como una divisa local ajustada.

Seleccione Parametrización > Parametrización de la entidad > Parámetro de entidad.

Estos parámetros adicionales son opcionales:

  • Impuestos: puede utilizarlo para calcular impuestos diferidos. El cálculo no es estándar y se debe configurar individualmente.
  • Segmento1: esta configuración de parámetros simplifica la contabilización de diarios, ya que representa un elemento estándar para la entidad. El editor de diarios la sugiere para segmentos si un diario se contabiliza con la información del Segmento 1.
  • Segmento2: esta configuración de parámetros simplifica la contabilización de diarios, ya que representa un elemento estándar para la entidad. El editor de diarios la sugiere para segmentos si un diario se contabiliza con la información del Segmento 2.
  • Segmento3: esta configuración de parámetros simplifica la contabilización de diarios, ya que representa un elemento estándar para la entidad. El editor de diarios la sugiere para segmentos si un diario se contabiliza con la información del Segmento 3.